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Una sociedad offshore es una empresa cuya característica principal es queestán registradas en un país en el que no realizan ninguna actividad económica. Los países en los que están radicadas suelen ser paraísos fiscales, para beneficiarse de las ventajas fiscales que éstos ofrecen. Las personas extranjeras que controlan la sociedad utilizan el paraíso fiscal como domicilio legal. A grandes rasgos, tres son las grandes ventajas que aporta:protección de activos, confidencialidad y privacidad, y ventajas fiscales.
Respecto a estas últimas, los tributos que pueden evitarse con una sociedad offshore se encuentran el impuesto de sucesiones, el del patrimonio, los impuestos al consumo o el de la renta. Mientras que los costes se reducen a una cuota de registro, que los sitios especializados cifran entre 200 y 600 dólares al año. Además de un coste de constitución que tampoco suele exceder de los 1.000 dólares.
En el portal Offshorebankshop.com es uno de los sitios con más completa información al respecto. Así lo definen ellos mismos: «La característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde esté constituida la empresa ya que pasaría a ser una sociedad onshore, es decir, el paraíso fiscal le haría tributar como cualquier sociedad registrada en el país y los tipos impositivos serían muy similares a los de una empresa constituida en un país de altos impuestos».
Desde este tipo de plataformas se puede constituir una sociedad offshore con mucha rapidez. Por ejemplo, podemos optar por Belize, un país del Caribe Centroamericano que se ubica entre México y Guatemala. Así se resumen las ventajas que acarrea: «No pagará ningún tipo de impuesto al gobierno de Belice incluyendo el Sello de aduana, el único pago será una tasa anual mantenimiento de la compañía que será de 595 euros, fácil y rápida constitución de la sociedad, en 24 horas podríamos tener su corporación. No hay que registrar cuentas, las cuentas no son auditadas, no hay registro público del accionista».
Para actuar dentro de la ley, una empresa offshore debe cumplir ciertas condiciones: en primer lugar, los directores de la sociedad no deben tener su domicilio en el país de la sede social. La empresa no podrá ejercer actividades comerciales en este país y no utilizar la mano de obra local. Por contra, sí se permite tener un representante de la compañía en el sitio. La sociedad no podrá utilizar la economía de los países de acogida, en particular, en materia de inversión, subsidios y transferencias bancarias.
Varios territorios han sido etiquetados por el Fondo Monetario Internacional como centros financieros offshore. Los siguientes son los que están siendo evaluados por la entidad para mejorar criterios como la transparencia y la cooperación: Andorra, Anguila, Aruba, Bahamas, Belize, Bermuda, Islas Vírgenes Británicas, Islas Caimán, Islas Cook,Chipre, Gibraltar, Guernsey, Isla de Man, Jersey, Liechtenstein, Macao, Malasia,Monaco, Montserrat, Antillas Holandesas, República de Paulau, Panama, Samoa, Seychelles, Vanuatu.
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